Montesquieu

(Charles-Louis de Secondat, barón de Montesquieu; La Brède, Burdeos, 1689 – París, 1755) Pensador francés. Perteneciente a una familia de la nobleza de toga, Montesquieu siguió la tradición familiar al estudiar derecho y hacerse consejero del Parlamento de Burdeos (que presidió de 1716 a 1727). Vendió el cargo y se dedicó durante cuatro años a viajar por Europa observando las instituciones y costumbres de cada país; se sintió especialmente atraído por el modelo político británico, en cuyas virtudes halló argumentos adicionales para criticar la monarquía absoluta que reinaba en la Francia de su tiempo.

Montesquieu ya se había hecho célebre con la publicación de sus Cartas persas (1721), una crítica sarcástica de la sociedad del momento, que le valió la entrada en la Academia Francesa (1727). En 1748 publicó su obra principal, Del espíritu de las Leyes, obra de gran impacto (se hicieron veintidós ediciones en vida del autor, además de múltiples traducciones a otros idiomas).

El pensamiento de Montesquieu debe enmarcarse en el espíritu crítico de la Ilustración francesa, con el que compartió los principios de tolerancia religiosa, aspiración a la libertad y denuncia de viejas instituciones inhumanas como la tortura o la esclavitud; pero Montesquieu se alejó del racionalismo abstracto y del método deductivo de otros filósofos ilustrados para buscar un conocimiento más concreto, empírico, relativista y escéptico.

En El espíritu de las Leyes, Montesquieu elaboró una teoría sociológica del gobierno y del derecho, mostrando que la estructura de ambos depende de las condiciones en las que vive cada pueblo: en consecuencia, para crear un sistema político estable había que tener en cuenta el desarrollo económico del país, sus costumbres y tradiciones, e incluso los determinantes geográficos y climáticos.

De los diversos modelos políticos que definió, Montesquieu asimiló la Francia de Luis XV (una vez eliminados los parlamentos) al despotismo, que descansaba sobre el temor de los súbditos; alabó en cambio la república, edificada sobre la virtud cívica del pueblo, que Montesquieu identificaba con una imagen idealizada de la Roma republicana.

Equidistante de ambas, definió la monarquía como un régimen en el que también era posible la libertad, pero no como resultado de una virtud ciudadana difícilmente alcanzable, sino de la división de poderes y de la existencia de poderes intermedios -como el clero y la nobleza- que limitaran las ambiciones del príncipe. Fue ese modelo, que identificó con el de Inglaterra, el que Montesquieu deseó aplicar en Francia, por entenderlo adecuado a sus circunstancias nacionales. La clave del mismo sería la división de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, estableciendo entre ellos un sistema de equilibrios que impidiera que ninguno pudiera degenerar hacia el despotismo.

Desde que la Constitución de los Estados Unidos plasmó por escrito tales principios, la obra de Montesquieu ejerció una influencia decisiva sobre los liberales que protagonizaron la Revolución francesa de 1789 y la posterior construcción de regímenes constitucionales en toda Europa, convirtiéndose la separación de poderes en un dogma del derecho constitucional que ha llegado hasta nuestros días.

Junto a este componente innovador, no puede olvidarse el carácter conservador de la monarquía limitada que proponía Montesquieu, en la que procuró salvaguardar el declinante poder de los grupos privilegiados (como la nobleza, a la que él mismo pertenecía), aconsejando, por ejemplo, su representación exclusiva en una de las dos cámaras del Parlamento. Pese a ello, debe considerarse a Montesquieu como un eslabón clave en la fundamentación de la democracia y la filosofía política moderna, cuyo nacimiento cabe situar en los Dos ensayos sobre el gobierno civil (1690) de John Locke y que, después de Montesquieu, hallaría su más acabada expresión en El contrato social (1762) de Jean-Jacques Rousseau.

Fue uno de los filósofos y ensayistas ilustrados más relevantes, en especial por la articulación de la teoría de la separación de poderes, que ha sido introducida en algunas constituciones de varios Estados, con mayor influencia en la Constitución de los Estados Unidos:

«En cada Estado existen tres clases de poderes: la potestad legislativa, la potestad ejecutiva de las cosas que proceden del derecho de gentes y la potestad ejecutiva de aquellas que dependen del derecho civil.»

«En virtud de la primera, el Príncipe o Magistrado hace leyes transitorias o definitivas, y enmienda o deroga las existentes. Por la segunda, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadas, establece la seguridad pública y previene las invasiones. Por la tercera, castiga a los criminales, o determina las disputas que surgen entre los particulares. Se dará a esta última el nombre de potestad de juzgar, y la otra, simplemente, la potestad ejecutiva del Estado”.»

«Cuando en la misma persona o en el mismo cuerpo de magistratura, la potestad legislativa y la potestad ejecutiva están reunidas, no puede haber libertad; porque se puede temer que el mismo monarca o senado pueda hacer leyes tiránicas, para ejecutarlas tiránicamente.»

«De nuevo, no hay libertad, si la potestad de juzgar no está separada de la potestad legislativa y de la ejecutiva. Si estuviese unido a la potestad legislativa, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario; debido a que el juez sería el legislador. Si se uniera a la potestad ejecutiva, el juez podría tener la fuerza de un opresor.»

«Todo estaría perdido, cuando el mismo hombre, o el mismo cuerpo, ya sea de los nobles o del pueblo, ejerza esos tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas, y el de juzgar los crímenes o las diferencias entre los particulares.»

«La potestad ejecutiva debe estar entre las manos de un monarca, porque esta parte del gobierno, que tiene casi siempre necesidad de una acción momentánea, está mejor administrada por uno que por varios; mientras que lo que depende de la potestad legislativa está mejor ordenada por varios que por uno sólo.»

«Pero si no hubiera monarca y la potestad ejecutiva fuera confiada a un cierto número de personas sacadas del cuerpo legislativo, no habría ya libertad, porque los dos poderes estarían unidos, ya que las mismas personas tendrían a veces, y podrían siempre tener, parte la una en la otra.»

Miembro de la Academia de Ciencias de Burdeos, presentará varios estudios sobre las glándulas suprarrenales, la gravedad y el eco. Su función de magistrado le aburre, por lo que termina vendiendo el cargo y dedicándose a viajar por Europa observando costumbres e instituciones de los diferentes países, pasa por Austria y Hungría, permanece un año en Italia y 18 meses en Inglaterra antes de regresar a Francia. Además de trabajar en varias obras adicionales sobre sociedad y política.

Sufre de una severa reducción de su vista, al momento de su fallecimiento el 10 de febrero de 1755 en París a la edad de 66 años, estaba completamente ciego. Su cuerpo se encuentra enterrado en la Iglesia de Saint-Sulpice en París.

Fue iniciado en la masonería en la London Lodge Horn (The Horn) el . Por su pertenencia a la masonería, frecuentando las logias de Burdeos y París con el Q.·.H.·. John Theophilus Desaguliers .

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